| Licencia de Ciclomotor |
|---|
..........Un ciclomotor es una moto de menos de 50 cc de cilindrada. La licencia para este vehículo puede obtenerse desde los 14 años, aunque no se puede llevar pasajero hasta los 16. Para conseguirla, además de los trámites administrativos (que incluyen por ejemplo un certificado médico) es necesario superar el examen teórico de la DGT. |
|---|
| Permisos de moto |
|---|
..........A1: Este permiso habilita para llevar motos de hasta 125 c.c. limitadas a 15 CV de potencia, y lógicamente también ciclomotores. La edad mínima es de 16 años y exige un examen teórico general, otro específico, y un práctico de maniobras en circuito cerrado. No obstante, una reforma reciente permite acceder a él si se tienen más de tres años de carnet B (de coche). En este caso sólo es necesario pasar el examen teórico específico. ..........A2: Es necesario tener al menos 18 años y pasar los dos teóricos y dos prácticos: uno de maniobras en circuito y otro en carretera abierta, seguido del examinador, aunque si se tienen más de dos años de A1 sólo hace falta pasar el práctico en carretera. No obstante existen limitaciones en la potencia que sólo se eliminan cuando el conductor tiene un tiempo de experiencia de dos años. En concreto, los dos primeros años desde que se consigue esta licencia las motos han de estar limitadas a 34 CV (unos 250 c.c.). Sólo después de este período se pueden conducir modelos de cualquier cilindrada. Para demostrar esto no es necesario realizar ningún trámite administrativo, basta con la fecha que se indique en nuestro carnet. Este carnet se requiere en varias de las oposiciones para los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (Guardia Civil de Tráfico, Motoristas de la Policía Municipal, etc.). |
|---|
| Permisos de turismos |
|---|
..........B: este permiso habilita para conducir automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos. |
|---|
| Permisos de caminones autobuses y vehículos específicos |
|---|
..........BTP: habilita para la conducción de taxis y vehículos prioritarios, como por ejemplo, ambulancias. Para obtenerlo hay que superar, primero, un exámen tipo test con una parte teórica de 32 preguntas y otra específica de 16 preguntas. Superado el examen práctico, vendrá la doble prueba práctica, conducción en pista y en ciudad. ..........C1: habilita para conducir automóviles cuya masa máxima autorizada esté entre 3.500 kg. y 7.500 kg. pero cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Se trata de camiones de pequeño tonelaje. Dichos vehículos podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg. ..........C1: para automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Es decir, camiones de cualquier tonelaje, que, como en los casos anteriores, podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg. ..........D: automóviles destinados al transporte de personas (autocares o autobuses) de cualquier número de asientos. Podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos. |
|---|
| Licencia para el transporte de mercancías peligrosas (Carnet ADR) |
|---|
..........Se entiende como mercancía peligrosa cualquier materia que durante su proceso de producción, almacenamiento, transporte, distribución o consumo, pueda desprender o generar polvo, humos, gases, vapores o fibras infecciosas; origine peligro para los seres vivos u ocasione un impacto medio ambiental dañino. El examen teórico se compone de una parte Básica Común de 32 preguntas y una parte específica de 32 preguntas aunque con tres especialidades, según elección: Cisternas, Explosivos o Radioactivas. En el caso particular de este premiso, es obligatorio además haber realizado un Curso de Asistencia Obligatoria en Autoescuela de 18 horas básicas y al menos 9 horas prácticas para las especialidades. Además del permiso de conducción válido para la categoría de vehículo de que se trate, el conductor de un vehículo que transporte mercancías peligrosas debe estar en posesión del certificado de formación profesional para conducción de este tipo de vehículos (Carnet ADR), que será expedido por la Dirección General de Tráfico (Real Decreto 2115/98). |
|---|